O CONTROLE DE CONSTITUCIONALIDADE NO ÂMBITO DO TRIBUNAL DE JUSTIÇA DO ESTADO DO CEARÁ E A (IM)POSSIBILIDADE DE MODULAÇÃO DOS EFEITOS DA DECISÃO
DOI:
https://doi.org/10.56256/themis.v20i2.939Resumen
Aunque la modulación de los efectos del control judicial brasileño no tiene disposición constitucional, fue introducida por el artículo 27 de la Ley nº 9.868/99. El Supremo Tribunal Federal ha manejado este mecanismo con coraje y destreza, pero no ocurre lo mismo en el ámbito de los tribunales estatales, que también tienen competencia para controlar la constitucionalidad de las leyes a la luz de la Constitución estatal. El presente trabajo aborda el uso de la modulación de los efectos de la decisión tomada en las acciones de control de constitucionalidad de la legislación municipal y estadual en la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia del Estado de Ceará. El artículo revisa la historia de la revisión judicial en Brasil, centrándose en la realidad subyacente en la que brotaron los tipos de control de la legislación. Presenta el tema propuesto en la investigación, la modulación de los efectos de la decisión, su finalidad y qué órgano es responsable de su aplicación. Finalmente, analiza decisiones del Tribunal de Justicia del Estado de Ceará, tanto en acciones directas de constitucionalidad (control concentrado) como en incidentes de acusación de inconstitucionalidad (control difuso). Concluye que la Corte Alencariana aún no ha definido de manera rigurosa, en términos teóricos, el tema de la modulación temporal de los efectos de sus decisiones pronunciadas en procesos contencioso-administrativos.